Las 15 preguntas más frecuentes sobre el autoconsumo colectivo

Publicado el 01 Jul 2024. Leer este artículo te llevará menos de 8 minutos

Las 15 preguntas más frecuentes sobre el autoconsumo colectivo

Como seguro que ya sabes, el autoconsumo colectivo o autoconsumo compartido es un modelo de consumo energético en el que una comunidad de vecinos decide añadir una instalación fotovoltaica a su bloque de pisos para disfrutar de electricidad autogenerada, ahorrar en las facturas de la luz y reducir la huella de carbono de las viviendas. 

 

No obstante, como la instalación de placas solares para comunidad de vecinos es una realidad relativamente reciente en España, seguro que, si te has planteado proponer la adquisición de una instalación de paneles solares en tu edificio, te han surgido algunas dudas. 

 

Hemos recopilado las más habituales para responder a tus preguntas, y, si aún te queda alguna, no dudes en contactarnos y estaremos encantados de resolverla. 

 

Índice de contenido

 

¿Cuál es la diferencia entre el autoconsumo individual y el colectivo? 

La diferencia más obvia es que el autoconsumo individual implica una instalación propia y privada de paneles solares mientras que, en un modelo de autoconsumo compartido, la instalación es de una comunidad de vecinos

 

No obstante, la otra diferencia principal radica en que, mientras que en el autoconsumo individual se hace un uso directo de la propia energía producida, en el autoconsumo compartido la electricidad que se ha generado durante un tramo horario se reparte entre los vecinos según el acuerdo al que hayan llegado como comunidad. De esta forma se resta al consumo de cada uno de los particulares que se hayan unido a la instalación. 

 

La medición la realiza la distribuidora, mientras que la resta de cada vecino la hará la comercializadora que tenga contratada para su vivienda.

vecinos observando sus paneles solares

 

 

¿Puedo tener una instalación fotovoltaica si vivo en una comunidad de propietarios? 

, es perfectamente posible. No solo puedes disfrutar de todos los beneficios de la instalación compartida de tu edificio gracias a la cual compartirás la energía producida con tus vecinos, sino que, además, y aunque es menos recomendable desde un punto de vista económico, puedes instalar paneles solares solo para ti.

 

En cualquier caso, recuerda que necesitarás la aprobación de la junta de vecinos (te lo explicamos más abajo).

 

¿Cuáles son los requisitos que debe cumplir mi edificio para poder llevar a cabo una instalación de autoconsumo compartido?

Para poder instalar paneles solares en una comunidad de vecinos deberán cumplirse, al menos, uno de los siguientes requisitos: 

 

  1. Los equipos deberán estar conectados a la red interior de los consumidores asociados o estar unidos a estos a través de líneas directas. 
  2. Los equipos deberán estar conectados a cualquiera de las redes de baja tensión derivadas del mismo centro de transformación. 
  3. La generación y los consumos deberán estar a una distancia inferior a 2.000 metros entre ellos siempre que la instalación se ubique en su totalidad en: 
    1. Cubiertas de una o varias edificaciones. 
    2. Suelo industrial. 
    3. Estructuras artificiales cuyo objetivo principal no sea la generación de electricidad. 
  4. La generación y los consumos deberán estar ubicados en una misma referencia catastral.



Pasos una vez legalizada la instalación de autoconsumo compartido

Una vez ha sido legalizada la instalación de autoconsumo de nuestro bloque de vecinos, deberemos ponernos en contacto con nuestra comercializadora y enviarle el acuerdo de reparto. 

 

La comercializadora se encargará de enviarlo a la distribuidora y, con la autorización de esta, empezará a realizar el reparto. No será necesario que todos los vecinos adheridos estén en la misma comercializadora. 

 

¿En qué consiste el acuerdo de reparto? 

El acuerdo de reparto en un modelo de autoconsumo compartido es un acuerdo firmado por todos los vecinos y por el titular de la instalación en el cual se especifican los coeficientes horarios de reparto que se hayan decidido. 

 

 

¿Cómo deben ser los coeficientes de reparto? 

El valor de los coeficientes de reparto será el que acuerden los participantes, pudiendo ser:

 

  • Reparto constante: coeficientes constantes a lo largo de todo el año.
  • Reparto con horario variable: coeficientes distintos para cada hora del periodo de facturación. 

 

La única condición sobre estos coeficientes es que se determinan a priori y que la suma de todos sea 1 para cada una de las horas en las que se apliquen.

 

¿Se puede cambiar el acuerdo de reparto? 

Sí, los coeficientes o porcentajes de reparto se pueden modificar cada 12 meses siempre y cuando todos los propietarios de las distintas viviendas del edificio estén de acuerdo. 

 

¿Pueden añadirse más vecinos a la instalación? 

En caso de que un tiempo después de haber contratado y realizado la instalación quieran adherirse otros vecinos que no estaban en el acuerdo inicial, podrán hacerlo siempre que exista espacio suficiente en la cubierta para poder ampliar la instalación fotovoltaica.

 

En caso de que el espacio disponible no sea el necesario los vecinos tendrán que llegar a un nuevo acuerdo de reparto energético contando con el nuevo consumidor.

 

 

¿Cuántos vecinos del bloque deben estar de acuerdo para poder instalar paneles solares en el edificio?

En el caso de una instalación de autoconsumo en el que la energía producida sea exclusivamente para un propietario, deberán estar de acuerdo ⅓ de los vecinos

 

Si hablamos de autoconsumo colectivo para zonas comunes o en el que la energía generada se comparta entre varios vecinos, tendrán que estar de acuerdo ⅔ del total de personas que conformen la junta

 

 

¿Dónde se recomienda conectar la instalación de autoconsumo compartido? 

La normativa indica que hay que conectarla a la red interior de la comunidad pero fuera de la red interior individual de cada vecino. Esto, además, permite que no sea necesario realizar un contrato de servicios auxiliares. 

 

 

¿Quién paga la instalación de autoconsumo compartido? 

La instalación de autoconsumo compartido se factura a través del CIF de la comunidad, que repartirá los gastos entre los beneficiarios que irán en función de los porcentajes del acuerdo de reparto. 

 

Instalando con SotySolar, podréis financiar los paneles hasta en 20 años o realizar el pago en 3 partes sin intereses. Pide presupuesto gratuito e infórmate de todo. 

 

 

botón para solicitar presupuesto de instalación de placas solares fotovoltaicas

 

 

¿Quién es el titular de la instalación de autoconsumo compartido? 

La titularidad de la instalación se comparte entre todos los consumidores asociados, de manera que, en este modelo de autoconsumo, todos los vecinos asociados son titulares, productores y consumidores en igualdad de condiciones. 

 

Además, ante una incidencia, todos los consumidores responderán de manera solidaria ante cualquier incumplimiento. En cualquier caso, si hay algún problema, desde SotySolar estaremos encantados de ayudaros gracias a las garantías que ofrecemos. 

 

¿Cómo se reparte la energía? 

La energía generada a cada hora se mide con el contador de la instalación y se divide, siguiendo el acuerdo de reparto, entre los beneficiarios de la instalación. Esa energía generada se restará a la que hayas consumido en ese tramo horario

 

En caso de que exista un excedente de tu energía de ese horario, a final de mes se compensará en tu factura. 

 

¿Qué ayudas podemos tener para una instalación de autoconsumo compartido?

Además de las ayudas y subvenciones disponibles para una vivienda unifamiliar, las comunidades de vecinos que decidan instalar paneles solares en su edificio tendrán una ayuda extra tal y como podemos ver en este cuadro. 

 

Actuaciones

Módulo [ayuda (€/kWp)]

Módulo para el caso de autoconsumo colectivo [ayuda (€/kWp)]

Instalación fotovoltaica autoconsumo (1.000 kWp < P≤ 5.000 kWp)

300

355

Instalación fotovoltaica autoconsumo (100 kWp < P≤ 1.000 kWp)

350

420 

Instalación fotovoltaica autoconsumo (10 kWp < P≤ 100 kWp)

450

535

Instalación fotovoltaica autoconsumo (P≤ 10 kWp)

600

710

 

 

¿Puedo bonificarme también el IBI? 

La bonificación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) por instalación de placas solares depende directamente de cada Ayuntamiento. Desde SotySolar podemos informarte y tramitar la bonificación del IBI para que no tengas que preocuparte. 

 

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Alba Sequeiro González

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